Resolución Ejecutiva Regional N.° 405-2023-GOB
25 de setiembre de 2023
ARTICULO PRIMERO: APROBAR LOS MAYORES TRABAJOS DE OBRA en la ejecución del proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EN LA AV. 1RO. DE MAYO DEL DISTRITO DE CHANCAY - PROVINCIA DE HUARAL - DEPARTAMENTO DE LIMA” - CUI N° 2466179; por el monto de S/310,978.58 (TRESCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CON 58/100 SOLES), incluido IGV, Io cual corresponde a una variación del 2.3729% con respecto al monto del presupuesto de la obra.
ARTICULO SEGUNDO: APROBAR el DEDUCTIVO DE OBRA por el monto de S/327,517.27 (TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS DIECISIETE CON 27/100 SOLES) incluido IGV, por variaciones a las condiciones originales de la ejecución del proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EN LA AV. 1RO. DE MAYO DEL DISTRITO DE CHANCAY - PROVINCIA DE HUARAL - DEPARTAMENTO DE LIMA” - CUI N° 2466179, Io cual corresponde a una variacion del 2.498% con respecto al monto del presupuesto de obra.
ARTICULO TERCERO: APROBAR y AUTORIZAR la ejecucion del expediente tecnico de los mayores trabajos de obra, con deductivo de obra, por variaciones a las condiciones originales de la ejecucion del proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EN LA AV. 1RO. DE MAYO DEL DISTRITO DE CHANCAY - PROVINCIA
DE HUARAL - DEPARTAMENTO DE LIMA” - CUI N° 2466179, los cuales resultan necesarias para alcanzar la finalidad del Convenio de Inversión, por un monto neto de -S/16,538.70 (DIECISÉIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON 70/100 SOLES), que corresponde a una variación del -0.126% con respecto al monto del presupuesto de obra.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, realice las acciones correspondientes para la elaboración y suscripción de la Adenda correspondiente al CONVENIO DE INVERSIÓN PÚBLICA suscrita con la empresa VOLCAN COMPAÑIA MINERA S.A.A, conforme Io establece el Articulo 98 del Reglamento de la Ley N° 29230 Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, para la continuación del trámite correspondiente.
ARTICULO QUINTO: PRECISAR que la emisión del presente acto resolutivo se hace sobre la base de los informes técnicos emitidos por las áreas técnicas en función al principio de presunción de licitud, por los argumentos desarrollados.
ARTICULO SEGUNDO: APROBAR el DEDUCTIVO DE OBRA por el monto de S/327,517.27 (TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS DIECISIETE CON 27/100 SOLES) incluido IGV, por variaciones a las condiciones originales de la ejecución del proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EN LA AV. 1RO. DE MAYO DEL DISTRITO DE CHANCAY - PROVINCIA DE HUARAL - DEPARTAMENTO DE LIMA” - CUI N° 2466179, Io cual corresponde a una variacion del 2.498% con respecto al monto del presupuesto de obra.
ARTICULO TERCERO: APROBAR y AUTORIZAR la ejecucion del expediente tecnico de los mayores trabajos de obra, con deductivo de obra, por variaciones a las condiciones originales de la ejecucion del proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL EN LA AV. 1RO. DE MAYO DEL DISTRITO DE CHANCAY - PROVINCIA
DE HUARAL - DEPARTAMENTO DE LIMA” - CUI N° 2466179, los cuales resultan necesarias para alcanzar la finalidad del Convenio de Inversión, por un monto neto de -S/16,538.70 (DIECISÉIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON 70/100 SOLES), que corresponde a una variación del -0.126% con respecto al monto del presupuesto de obra.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, realice las acciones correspondientes para la elaboración y suscripción de la Adenda correspondiente al CONVENIO DE INVERSIÓN PÚBLICA suscrita con la empresa VOLCAN COMPAÑIA MINERA S.A.A, conforme Io establece el Articulo 98 del Reglamento de la Ley N° 29230 Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, para la continuación del trámite correspondiente.
ARTICULO QUINTO: PRECISAR que la emisión del presente acto resolutivo se hace sobre la base de los informes técnicos emitidos por las áreas técnicas en función al principio de presunción de licitud, por los argumentos desarrollados.
Esta norma pertenece al compendio Normas y Reglamentos