Resolución Ejecutiva Regional N.° 382-2023-GOB

1 de setiembre de 2023

ARTICULO PRIMERO: DELEGAR, en el Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Lima, las facultades consistentes en la aprobación de la ejecución de prestaciones adicionales de obra, reducciones de bienes, servicios y obras, la aprobación de las ampliaciones de plazo, referidos a contratos de bienes, servicios, obras y consultorias por causas previstas en la ley de contrataciones del Estado, su reglamento y demás disposiciones jurídicas conexas.
ARTICULO SEGUNDO: DELEGAR,
en el Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Lima, las facultades consistentes en la aprobación de la ejecución de prestaciones adicionales de obra, mayores trabajos y metrados, reducciones de bienes, servicios y obras, la aprobación de las ampliaciones de plazo, y otros similares, referidos a contratos de bienes, servicios, obras y consultorias por causas previstas en la ley de obras por impuestos y demás disposiciones jurídicas conexas.
ARTICULO TERCERO: DELEGAR,
en el Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Lima, las atribuciones consistentes en la ejecución de prestaciones adicionales, reducción de bienes, servicios y obras, asi como la autorización del pago de la ejecución de mayores metrados de conformidad con la ley de contrataciones del Estado, su reglamento y demás disposiciones jurídicas conexas.

Esta norma pertenece al compendio Normas y Reglamentos

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RER 382-2023-GOB

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