Resolución Ejecutiva Regional N.° 362-2023-GOB
17 de agosto de 2023
ARTICULO PRIMERO.- DELEGAR en el Sub Gerente Regional de Administración la atribución jurídica referida a la suscripción de actas, minutas, escrituras públicas, modificaciones y todo documento orientado a las transferencias vehiculares en las que fuere parte el Gobierno Regional de Lima asi como intervenir o participar, indistintamente, en los procedimientos administrativos establecidos o regulados en materia registral por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP.
ARTICULO SEGUNDO.- ESTABLECER que el Gobierno Regional de Lima, en su calidad de persona jurídica, se encuentra juridicamente habilitado a intervenir en los tramites notariales y registrales a traves de sus representantes legales.
ARTICULO TERCERO.- PRECISAR que, en el presente caso, por estrictas razones de conveniencia y utilidad pública es jurídicamente viable que dicha responsabilidad o representación legal, recaiga sobre el Subgerente Regional de Administración, a fin de proceder en los términos solicitados.
ARTICULO SEGUNDO.- ESTABLECER que el Gobierno Regional de Lima, en su calidad de persona jurídica, se encuentra juridicamente habilitado a intervenir en los tramites notariales y registrales a traves de sus representantes legales.
ARTICULO TERCERO.- PRECISAR que, en el presente caso, por estrictas razones de conveniencia y utilidad pública es jurídicamente viable que dicha responsabilidad o representación legal, recaiga sobre el Subgerente Regional de Administración, a fin de proceder en los términos solicitados.
Esta norma pertenece al compendio Normas y Reglamentos