Resolución Directoral N.° 219-2019-GRL-GRDE-DREM

8 de julio de 2019

RECHAZAR POR IMPROCEDENCIA el petitorio CHANCADORA CARAPONGO 5, con código N.° 65-00019-19, ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento LIMA, no siendo competente para su tramitación y evaluación la Dirección Regional de Energía y Minas, en aplicación del artículo 1 4A del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado mediante Decreto Supremo N°018-92-EM.

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