Resolución Directoral N.° 112-2019-GRL-GRDE-DREM

18 de marzo de 2019

Declarar IMPROCEDENTE la DENUNCIA formulada por Isidro Yactayo Almeida, debido a que el denunciado (Luciano Torpoco Cerrón) no ha infringido el artículo 18° del Decreto Supremo N° 018-201 7-EM ya que ha acreditado con Declaración jurado el uso del terreno superficial eriazo del Estado, por lo que está facultado a realizar actividadesmineras, la presentación de los demás requisitos del Proceso de Formalización MineraIntegral lo puede presentar hasta el 01 de agosto del 2020, tampoco está inmerso endelitos de minería ilegal al estar inscrito con estado vigente en el Registro Integral deFormalización Minera respecto al derecho minero EL MILAGRO LT 2009

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