Resolución Jefatural N.° 2327-2024-DRELM
13 de agosto de 2024
Artículo 1°.- DEROGAR la DIRECTIVA N° 001-2024-DRELM-OAD “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CAJA CHICA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA METROPOLITANA”, aprobada mediante el Artículo 3º de la Resolución Jefatural N° 00451-2024- MINEDU/VMGI-DRELM/DIR-OAD.
Artículo 2°.- APROBAR la DIRECTIVA N° 003-2024-DRELM-OAD “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CAJA CHICA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA METROPOLITANA”, que texto forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 3°.- DISPONER la reposición de fondos de Caja Chica, tan pronto el fondo en efectivo descienda como máximo hasta el 50% del monto total constituido y establecido en el Artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 00451-2024-MINEDU/VMGI-DRELM/DIR-OAD.
Artículo 4°.- ESTABLECER que el monto máximo para cada pago en efectivo no deberá exceder del veinte por ciento (20%) de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) del ejercicio vigente, salvo para el pago de viáticos, que podrá ser hasta un máximo de S/2,000.00 (dos mil y 00/100 soles).
Artículo 5°.- DISPONER que el equipo de Atención al Usuario y Gestión Documentaria realice la notificación al Responsable único de la administración de la Caja Chica (Titular) y Suplente designados mediante el Artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 00451-2024-MINEDU/VMGI-DRELM/DIR-OAD, así como a la Jefatura de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana.
Artículo 2°.- APROBAR la DIRECTIVA N° 003-2024-DRELM-OAD “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CAJA CHICA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA METROPOLITANA”, que texto forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 3°.- DISPONER la reposición de fondos de Caja Chica, tan pronto el fondo en efectivo descienda como máximo hasta el 50% del monto total constituido y establecido en el Artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 00451-2024-MINEDU/VMGI-DRELM/DIR-OAD.
Artículo 4°.- ESTABLECER que el monto máximo para cada pago en efectivo no deberá exceder del veinte por ciento (20%) de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) del ejercicio vigente, salvo para el pago de viáticos, que podrá ser hasta un máximo de S/2,000.00 (dos mil y 00/100 soles).
Artículo 5°.- DISPONER que el equipo de Atención al Usuario y Gestión Documentaria realice la notificación al Responsable único de la administración de la Caja Chica (Titular) y Suplente designados mediante el Artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 00451-2024-MINEDU/VMGI-DRELM/DIR-OAD, así como a la Jefatura de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana.