Resolución de Gerencia General Regional N.° 000064-2026-GR.LAMB/GGR
DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Gerencial Regional N° 0635-2025-GR.LAMB/GRED
4 de febrero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Gerencial Regional N° 0635-2025-GR.LAMB/GRED, mediante la cual se declaró fundado el recurso administrativo de apelación interpuesto por Homabilia del Pilar Morales Quevedo contra el Oficio N° 000014-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB-DGPCEDCEDIEEB2024CPMLRMULAMB [515706669-1], de fecha 3 de marzo de 2025; así como, por conexidad y consecuencia, la nulidad de oficio de la Resolución Gerencial Regional N° 0723-2025-GR.LAMB/GRED, por constituir un acto administrativo derivado de la Resolución N° 0635-2025-GR.LAMB/GRED, de conformidad con los fundamentos de la presente Resolución Gerencial General Regional, por haberse emitido con vicios sustanciales de motivación y de procedimiento, no susceptibles de conservación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, de conformidad con el numeral 1 del artículo 12° del TUO de la Ley N° 27444, se reponga el procedimiento al estado anterior al acto viciado, debiendo la Gerencia Regional de Educación de Lambayeque emitir nuevo pronunciamiento acorde a los fundamentos de la presente resolución, sin perjuicio del derecho de la administrada a impugnar cuando exista resultado definitivo de la evaluación.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que copias del expediente administrativo sean remitidas a la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Sede Central del Gobierno Regional Lambayeque, a fin de que, en el marco de sus competencias y de la normativa disciplinaria aplicable, evalúe la eventual existencia de responsabilidad administrativa de los funcionarios o servidores que intervinieron en la tramitación del acto resolutivo declarado nulo.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente Resolución a la administrada Homabilia del Pilar Morales Quevedo, así como también, a la Gerencia Regional de Educación de Lambayeque y demás órganos involucrados, de acuerdo a Ley.
ARTÍCULO SEXTO.- DIFUNDIR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional, www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Gerencial Regional N° 0635-2025-GR.LAMB/GRED, mediante la cual se declaró fundado el recurso administrativo de apelación interpuesto por Homabilia del Pilar Morales Quevedo contra el Oficio N° 000014-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB-DGPCEDCEDIEEB2024CPMLRMULAMB [515706669-1], de fecha 3 de marzo de 2025; así como, por conexidad y consecuencia, la nulidad de oficio de la Resolución Gerencial Regional N° 0723-2025-GR.LAMB/GRED, por constituir un acto administrativo derivado de la Resolución N° 0635-2025-GR.LAMB/GRED, de conformidad con los fundamentos de la presente Resolución Gerencial General Regional, por haberse emitido con vicios sustanciales de motivación y de procedimiento, no susceptibles de conservación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, de conformidad con el numeral 1 del artículo 12° del TUO de la Ley N° 27444, se reponga el procedimiento al estado anterior al acto viciado, debiendo la Gerencia Regional de Educación de Lambayeque emitir nuevo pronunciamiento acorde a los fundamentos de la presente resolución, sin perjuicio del derecho de la administrada a impugnar cuando exista resultado definitivo de la evaluación.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que copias del expediente administrativo sean remitidas a la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Sede Central del Gobierno Regional Lambayeque, a fin de que, en el marco de sus competencias y de la normativa disciplinaria aplicable, evalúe la eventual existencia de responsabilidad administrativa de los funcionarios o servidores que intervinieron en la tramitación del acto resolutivo declarado nulo.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente Resolución a la administrada Homabilia del Pilar Morales Quevedo, así como también, a la Gerencia Regional de Educación de Lambayeque y demás órganos involucrados, de acuerdo a Ley.
ARTÍCULO SEXTO.- DIFUNDIR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional, www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
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Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL
