Resolución de Gerencia General Regional N.° 000049-2026-GR.LAMB/GGR
APROBAR LA PRESTACIÓN ADICIONAL DE OBRA Nº 01, con DEDUCTIVO VINCULANTE DE OBRA Nº 01 al CONTRATO DE OBRA N° 000010-2025-GR.LAMB/ORAD
23 de enero de 2026
SE RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR LA PRESTACIÓN ADICIONAL DE OBRA Nº 01, con DEDUCTIVO VINCULANTE DE OBRA Nº 01 al CONTRATO DE OBRA N° 000010-2025-GR.LAMB/ORAD [515901973 - 8] de fecha 15 de julio de 2025, para la “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LA URBANIZACION PROCERES DE LA INDEPENDENCIA, DISTRITO DE LAMBAYEQUE - PROVINCIA DE LAMBAYEQUE - DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” – CUI N° 2427170, siendo que el presupuesto de la prestación Adicional de Obra N° 01 asciende a la suma de S/.88,604.60 (Ochenta y ocho mil seiscientos cuatro con 60/100 soles) incluido I.G.V, la cual representa una incidencia de 4.491%, y el Deductivo Vinculante de obra Nº 01 a la suma de S/.57,336.27 (Cincuenta y siete mil trescientos treinta y seis con 27/100 soles), que representa un 2.906%, que hacen un adicional neto de S/.31,268.33 (Treinta y un mil doscientos sesenta y ocho con 33/100 soles), que representa un porcentaje de incidencia de 1.585% del monto del CONTRATO DE OBRA N° 000010-2025-GR.LAMB/ORAD [515901973 - 8] de fecha 15 de julio de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que el egreso que origine la aprobación de la Prestación Adicional de Obra N° 01, se encuentra coberturado con Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0011 Meta 152 Clasificador 2.6.23.23 por el importe total de S/.31,268.33 (Treinta y un mil doscientos sesenta y ocho con 33/100 soles), según Oficio N° 000037-2026-GR.LAMB/GRPPM-SGP. [515901973 - 252] de fecha 13 de enero de 2026, emitido por el Sub Gerente de Presupuesto.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que el Contratista amplíe el monto de la garantía de fiel cumplimiento, debiendo entregar la actualización del valor de la garantía correspondiente en el plazo máximo de ocho (8) días hábiles de ordenada la prestación adicional, conforme al numeral 205.15 del artículo 205 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con DECRETO SUPREMO Nº 344-2018-EF, en merito a la aprobación de la prestación Adicional de Obra N° 01 con Deductivo Vinculante de obra N° 01; y, a la actualización del monto contractual, según corresponda.
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR LA PRESTACIÓN ADICIONAL DE OBRA Nº 01, con DEDUCTIVO VINCULANTE DE OBRA Nº 01 al CONTRATO DE OBRA N° 000010-2025-GR.LAMB/ORAD [515901973 - 8] de fecha 15 de julio de 2025, para la “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LA URBANIZACION PROCERES DE LA INDEPENDENCIA, DISTRITO DE LAMBAYEQUE - PROVINCIA DE LAMBAYEQUE - DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” – CUI N° 2427170, siendo que el presupuesto de la prestación Adicional de Obra N° 01 asciende a la suma de S/.88,604.60 (Ochenta y ocho mil seiscientos cuatro con 60/100 soles) incluido I.G.V, la cual representa una incidencia de 4.491%, y el Deductivo Vinculante de obra Nº 01 a la suma de S/.57,336.27 (Cincuenta y siete mil trescientos treinta y seis con 27/100 soles), que representa un 2.906%, que hacen un adicional neto de S/.31,268.33 (Treinta y un mil doscientos sesenta y ocho con 33/100 soles), que representa un porcentaje de incidencia de 1.585% del monto del CONTRATO DE OBRA N° 000010-2025-GR.LAMB/ORAD [515901973 - 8] de fecha 15 de julio de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que el egreso que origine la aprobación de la Prestación Adicional de Obra N° 01, se encuentra coberturado con Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0011 Meta 152 Clasificador 2.6.23.23 por el importe total de S/.31,268.33 (Treinta y un mil doscientos sesenta y ocho con 33/100 soles), según Oficio N° 000037-2026-GR.LAMB/GRPPM-SGP. [515901973 - 252] de fecha 13 de enero de 2026, emitido por el Sub Gerente de Presupuesto.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que el Contratista amplíe el monto de la garantía de fiel cumplimiento, debiendo entregar la actualización del valor de la garantía correspondiente en el plazo máximo de ocho (8) días hábiles de ordenada la prestación adicional, conforme al numeral 205.15 del artículo 205 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con DECRETO SUPREMO Nº 344-2018-EF, en merito a la aprobación de la prestación Adicional de Obra N° 01 con Deductivo Vinculante de obra N° 01; y, a la actualización del monto contractual, según corresponda.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL
