Resolución de Gerencia General Regional N.° 000036-2026-GR.LAMB/GGR
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Prestación Adicional de Obra y Deductivo Vinculante N° 04 del Contrato de Obra N° 000010-2024-GR.LAMB/ORAD
20 de enero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Prestación Adicional de Obra y Deductivo Vinculante N° 04 del Contrato de Obra N° 000010-2024-GR.LAMB/ORAD, correspondiente a la obra “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. FEDERICO VILLARREAL, DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”, CUI N° 2358882, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura la notificación de la presente resolución al contratista ejecutor y al supervisor de la obra, en cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Contrataciones del Estado.
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que la responsabilidad sobre el contenido técnico, análisis, sustento y conclusiones del expediente técnico del adicional y deductivo vinculante recae exclusivamente en los profesionales de las áreas técnicas que emitieron los respectivos informes, conforme a los principios de competencia, presunción de veracidad y responsabilidad del funcionario público.
ARTÍCULO CUARTO.- Se PRECISA que el presente documento no convalida acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- DIFUNDIR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Prestación Adicional de Obra y Deductivo Vinculante N° 04 del Contrato de Obra N° 000010-2024-GR.LAMB/ORAD, correspondiente a la obra “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. FEDERICO VILLARREAL, DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”, CUI N° 2358882, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura la notificación de la presente resolución al contratista ejecutor y al supervisor de la obra, en cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Contrataciones del Estado.
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que la responsabilidad sobre el contenido técnico, análisis, sustento y conclusiones del expediente técnico del adicional y deductivo vinculante recae exclusivamente en los profesionales de las áreas técnicas que emitieron los respectivos informes, conforme a los principios de competencia, presunción de veracidad y responsabilidad del funcionario público.
ARTÍCULO CUARTO.- Se PRECISA que el presente documento no convalida acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- DIFUNDIR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
