Resolución de Gerencia General Regional N.° 000775-2025-GR.LAMB/GGR
DECLARA FUNDADA la QUEJA formulada por la administrada Carmen Lía Gálvez Arenas contra el Gerente Regional de Educación
17 de diciembre de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADA la QUEJA formulada por la administrada Carmen Lía Gálvez Arenas contra el Gerente Regional de Educación, por las razones expuestas en la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- SE EXHORTA a la Gerencia Regional de Educación en adelante remitir y culminar oportunamente los trámites de los recursos de apelación de su competencia, conforme al artículo 169.5 del artículo 169° del TUO de la Ley N°27444. ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la remisión de copia del presente expediente a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Gerencia Regional de Educación a fin de que evalúe la responsabilidad administrativa de los funcionarios que no atendieron dentro del plazo el trámite del recurso.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente a la interesada y a la Gerencia Regional de Educación, conforme a Ley, así como también, realizar su publicación a través del Portal Electrónico Institucional: www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto por el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADA la QUEJA formulada por la administrada Carmen Lía Gálvez Arenas contra el Gerente Regional de Educación, por las razones expuestas en la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- SE EXHORTA a la Gerencia Regional de Educación en adelante remitir y culminar oportunamente los trámites de los recursos de apelación de su competencia, conforme al artículo 169.5 del artículo 169° del TUO de la Ley N°27444. ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la remisión de copia del presente expediente a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Gerencia Regional de Educación a fin de que evalúe la responsabilidad administrativa de los funcionarios que no atendieron dentro del plazo el trámite del recurso.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente a la interesada y a la Gerencia Regional de Educación, conforme a Ley, así como también, realizar su publicación a través del Portal Electrónico Institucional: www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto por el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL
