Resolución Ejecutiva Regional N.° 000195-2025-GR.LAMB/GR
Aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 082-2025-EF.
6 de mayo de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébese la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 082-2025-EF, en el Presupuesto Institucional del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque para el Año Fiscal 2025, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por un monto de S/. 3 358 695,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para financiar el pago de la asignación por tiempo de servicios, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados, en el marco de las Leyes N° 29944 y N° 30493, respectivamente; así como, el pago del subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación contratados, en el marco de las Leyes N° 30328 y N° 30493, respectivamente, conforme a lo dispuesto en los literales a), d) y e) del numeral 89.1 y en el numeral 89.2 del artículo 89° de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle..
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébese la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 082-2025-EF, en el Presupuesto Institucional del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque para el Año Fiscal 2025, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por un monto de S/. 3 358 695,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para financiar el pago de la asignación por tiempo de servicios, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados, en el marco de las Leyes N° 29944 y N° 30493, respectivamente; así como, el pago del subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación contratados, en el marco de las Leyes N° 30328 y N° 30493, respectivamente, conforme a lo dispuesto en los literales a), d) y e) del numeral 89.1 y en el numeral 89.2 del artículo 89° de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle..
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES EJECUTIVAS REGIONALES
