Resolución Ejecutiva Regional N.° 000264-2025-GR.LAMB/GR
Delega al Gerente Regional de Salud de Lambayeque la facultad para suscribir convenio interinstitucional.
10 de julio de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR al Gerente Regional de Salud de Lambayeque la facultad para suscribir el “CONVENIO MARCO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD LAMBAYEQUE Y EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO "CHONGOYAPE”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que el ejercicio de la competencia delegada por la presente resolución no podrá ser a su vez delegada y se extinguirá de acuerdo a las causales establecidas en el numeral 78.5 del artículo 78° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Gerencia Regional de Salud y demás Unidades de Organización competentes.
ARTÍCULO CUARTO.- PRECISAR que el presente documento no convalida acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- DIFUNDIR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el T.U.O de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR al Gerente Regional de Salud de Lambayeque la facultad para suscribir el “CONVENIO MARCO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD LAMBAYEQUE Y EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO "CHONGOYAPE”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que el ejercicio de la competencia delegada por la presente resolución no podrá ser a su vez delegada y se extinguirá de acuerdo a las causales establecidas en el numeral 78.5 del artículo 78° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Gerencia Regional de Salud y demás Unidades de Organización competentes.
ARTÍCULO CUARTO.- PRECISAR que el presente documento no convalida acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- DIFUNDIR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el T.U.O de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES EJECUTIVAS REGIONALES