Resolución Ejecutiva Regional N.° 000286-2025-GR.LAMB/GR
Aprueba la modificación del Monto Referencial del Convenio de Inversión establecido en las Bases de S/ 66,686,494.10
1 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Monto Referencial del Convenio de Inversión establecido en las Bases de S/ 66,686,494.10 (SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 10/100 SOLES) a S/ 73,000,919.59 (SETENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 59/100 SOLES), para el proyecto “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN SECTOR DIEGO FERRE DISTRITO DE CHICLAYO DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” con Código Único de Inversiones N° 2644071, conforme a los considerandos expuestos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- INFORMAR a la Contraloría General de la República, de las acciones pertinentes para los fines de control según lo dispuesto en el numeral 58.2 del artículo 58° de la Ley N° 29230.
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que el presente documento no convalida acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- DIFUNDIR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Monto Referencial del Convenio de Inversión establecido en las Bases de S/ 66,686,494.10 (SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 10/100 SOLES) a S/ 73,000,919.59 (SETENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 59/100 SOLES), para el proyecto “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN SECTOR DIEGO FERRE DISTRITO DE CHICLAYO DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” con Código Único de Inversiones N° 2644071, conforme a los considerandos expuestos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- INFORMAR a la Contraloría General de la República, de las acciones pertinentes para los fines de control según lo dispuesto en el numeral 58.2 del artículo 58° de la Ley N° 29230.
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que el presente documento no convalida acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- DIFUNDIR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
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Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES EJECUTIVAS REGIONALES