Resolución Ejecutiva Regional N.° 000354-2025-GR.LAMB/GR
Delegar al Director Ejecutivo del Hospital Regional Docente Las Mercedes la facultad de suscribir Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional.
9 de octubre de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR al Director Ejecutivo del Hospital Regional Docente Las Mercedes, Méd. PLINIO JUNIOR MURO SOLANO, la facultad de suscribir el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Hospital Regional Docente Las Mercedes y el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas “Dr. Eduardo Cáceres Graziani”, con la finalidad de generar un impacto socioeconómico entre ambas instituciones que está vinculado al apoyo mutuo de colaboración y cooperación entre ambas entidades, las buenas prácticas en la prevención del cáncer, la detección temprana y cuidados paliativos, como parte de la atención oncológica integral, la investigación, docencia y/o capacitación especializada; el mismo que deberá ser evaluado previamente por el Hospital Regional Docente Las Mercedes , verificando que las cláusulas del citado convenio se ciñan a lo establecido en la Directiva N° 016-2018-GR.LAMB/GR sobre “Procedimientos para la elaboración, tramitación, aprobación, suscripción, evaluación y renovación de convenios marco, específicos y de cooperación interinstitucional”; de acuerdo a los fundamentos expuestos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Dirección Ejecutiva Hospital Regional Docente Las Mercedes estricto cumplimiento de las facultades delegadas.
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que la presente Resolución no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad vigente ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley; por lo tanto, los informes y oficios emitidos por las áreas técnicas competentes del Gobierno Regional Lambayeque con respecto al sustento de cada uno de estos, son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios y servidores que los suscriben, en el marco de los Principios de Legalidad, Presunción de Veracidad y Buena Fe Procedimental, previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente Resolución al Director Ejecutivo del Hospital Regional Docente Las Mercedes, Lambayeque conforme a Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- REMITIR un juego en original del Convenio a la Secretaría General, de conformidad con el literal g) del artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional N° 005-2018-GR.LAMB/CR, modificado por Ordenanza Regional N° 009-2025-GR.LAMB/CR.
ARTÍCULO SEXTO.- PUBLICAR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional, www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR al Director Ejecutivo del Hospital Regional Docente Las Mercedes, Méd. PLINIO JUNIOR MURO SOLANO, la facultad de suscribir el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Hospital Regional Docente Las Mercedes y el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas “Dr. Eduardo Cáceres Graziani”, con la finalidad de generar un impacto socioeconómico entre ambas instituciones que está vinculado al apoyo mutuo de colaboración y cooperación entre ambas entidades, las buenas prácticas en la prevención del cáncer, la detección temprana y cuidados paliativos, como parte de la atención oncológica integral, la investigación, docencia y/o capacitación especializada; el mismo que deberá ser evaluado previamente por el Hospital Regional Docente Las Mercedes , verificando que las cláusulas del citado convenio se ciñan a lo establecido en la Directiva N° 016-2018-GR.LAMB/GR sobre “Procedimientos para la elaboración, tramitación, aprobación, suscripción, evaluación y renovación de convenios marco, específicos y de cooperación interinstitucional”; de acuerdo a los fundamentos expuestos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Dirección Ejecutiva Hospital Regional Docente Las Mercedes estricto cumplimiento de las facultades delegadas.
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que la presente Resolución no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad vigente ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley; por lo tanto, los informes y oficios emitidos por las áreas técnicas competentes del Gobierno Regional Lambayeque con respecto al sustento de cada uno de estos, son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios y servidores que los suscriben, en el marco de los Principios de Legalidad, Presunción de Veracidad y Buena Fe Procedimental, previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente Resolución al Director Ejecutivo del Hospital Regional Docente Las Mercedes, Lambayeque conforme a Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- REMITIR un juego en original del Convenio a la Secretaría General, de conformidad con el literal g) del artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional N° 005-2018-GR.LAMB/CR, modificado por Ordenanza Regional N° 009-2025-GR.LAMB/CR.
ARTÍCULO SEXTO.- PUBLICAR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional, www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
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Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES EJECUTIVAS REGIONALES