Resolución Gerencial Regional N.° 000584-2025-GR.LAMB/GGR

15 de agosto de 2025

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la creación de la Unidad Funcional de Coordinación de Remuneraciones, adscrita a la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos del Gobierno Regional Lambayeque, responsable de administrar las pensiones y compensaciones de los servidores/as de la Sede Central del Gobierno Regional Lambayeque.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ASIGNAR al servidor Fernando Javier Lluncor Barturén, como Coordinador de la Unidad Funcional de Coordinación de Remuneraciones, adscrita a la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos del Gobierno Regional Lambayeque, en el contexto que alude la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias.

ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER como funciones de la Unidad Funcional de Coordinación de Remuneraciones, adscrita a la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos del Gobierno Regional Lambayeque las siguientes:
a. Aplicar las normas y procedimientos sobre remuneraciones, beneficios sociales, pensiones y compensaciones al personal de la Sede Regional del Gobierno Regional Lambayeque.
b. Gestionar toda documentación que ingresa para el proceso de remuneraciones; así como la atención oportuna de los mismos.
c. Proponer directivas y procedimientos en los temas de su competencia.
d. Formular planillas de pago del personal nombrado y contratado, según régimen laboral y de acuerdo con las resoluciones emitidas.
e. Elaborar la nómina mensual de dietas de los consejeros regionales del Gobierno Regional
f. Efectuar descuentos por disposición expresa del Poder Judicial o lo dispuesto por la Jefatura Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos.
g. Mantener un adecuado control de asistencia de personal.
h. Aplicar oportunamente los procedimientos y efectuar las liquidaciones sobre otorgamiento de pensiones, compensaciones por tiempo de servicio, vacaciones truncas y otros.
i. Emitir informes de haberes por beneficios del administrado, por concepto de subsidios por luto, gastos de sepelio, gratificaciones.
j. Proyectar Resoluciones Jefaturales sobre Remuneraciones Complementarias, Especiales, Beneficios Sociales y otros derechos del trabajador.
k. Elaborar informes de haberes solicitados por las instancias administrativas e instituciones públicas y privadas de acuerdo a ley.
l. Las demás funciones que, por la naturaleza de sus atribuciones, le corresponda ejecutar, así como aquellas que le sean asignadas por la Jefatura de la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos.

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que la Unidad Funcional de Coordinación de Remuneraciones, dependa funcionalmente de la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, para el cumplimiento de sus funciones; asimismo, mantendrá relaciones de coordinación con los diferentes órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional.

ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización que, a través de la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital, realice las acciones destinadas a la activación e implementación de la Unidad Funcional de Coordinación de Remuneraciones.

ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER la publicación de esta Resolución Gerencial General Regional, en el portal institucional y en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 29091.

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL

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