Resolución Ejecutiva Regional N.° 000288-2025-GR.LAMB/GR
7 de agosto de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el “DIAGNÓSTICO DE BRECHAS DE INFRAESTRUCTURA O DE ACCESO A SERVICIOS 2027 – 2029 DEL GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE”, como parte integrante del Programa Multianual de Inversiones 2027 – 2029, el mismo que, en calidad de anexo, forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER la publicación del diagnóstico aprobado, en el portal institucional del Gobierno Regional Lambayeque, conforme a lo establecido por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – INVIERTE.PE.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente Resolución a las unidades competentes del Gobierno Regional Lambayeque, para su conocimiento y cumplimiento, y disponer su difusión a través del portal web institucional, conforme Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- PRECISAR que la presente Resolución no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad vigente ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley; por lo tanto, los informes emitidos por las áreas técnicas competentes del Gobierno Regional Lambayeque con respecto al sustento de cada uno de estos, son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios y servidores que los suscriben, en el marco de los Principios de Legalidad, Presunción de Veracidad y Buena Fe Procedimental, previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO QUINTO.- PUBLICAR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional, www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER la publicación del diagnóstico aprobado, en el portal institucional del Gobierno Regional Lambayeque, conforme a lo establecido por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – INVIERTE.PE.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente Resolución a las unidades competentes del Gobierno Regional Lambayeque, para su conocimiento y cumplimiento, y disponer su difusión a través del portal web institucional, conforme Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- PRECISAR que la presente Resolución no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad vigente ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley; por lo tanto, los informes emitidos por las áreas técnicas competentes del Gobierno Regional Lambayeque con respecto al sustento de cada uno de estos, son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios y servidores que los suscriben, en el marco de los Principios de Legalidad, Presunción de Veracidad y Buena Fe Procedimental, previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO QUINTO.- PUBLICAR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional, www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.