Resolución Gerencial Regional N.° 001269-2025-GR.LAMB

29 de diciembre de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR, los expedientes N°515974788-1; N°515974720-1; N°515905642-1
de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un
mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito
en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación
de procedimientos".
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO, los Recursos Administrativos de Apelación que se
indican a continuación: 1) ZAIRA MARILÚ SOLIS ROSADO (docente), identificada con DNI N°17540010,
contra el OFICIO N°006474-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515942532-1] de fecha 22 de agosto de
2025; 2) BERTHA ALICIA RAMIREZ GONZALES (docente), identificada con DNI N°16552698, contra el
OFICIO N°004698-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515709982-1] de fecha 26 de junio de 2025 y 3)
MARTHA ELENA SAN MARTÍN SEGURA (docente), identificada con DNI N°16520249, contra el OFICIO
T.U.O. de la L.P.A.G. aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo al interesado, conforme
a Ley.
N°004393-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515319704-1] de fecha 27 de agosto de 2024, conforme a
lo fundamentado en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo
prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del
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