Resolución Gerencial Regional N.° 000153-2026-GR.LAMB/GRED

23 de enero de 2026

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO EN PARTE
, el recurso administrativo de apelación interpuesto por la administrada NERY FLORES CAICEDO DE TRUJILLO, contra la resolución denegatoria ficta, por la falta de atención de la solicitud primigenia tramitada ante la UGEL Chiclayo.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la administrada NERY FLORES CAICEDO DE TRUJILLO, en el extremo referido al recalculo de la bonificación por preparación de clases ascedente al 30% de su remuneración integra mensual y evaluación, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.- DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la Ley N° 27444 “ley de Procedimiento Administrativo General” aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a la parte interesada de conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
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RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N° 000153-2026-GR.LAMB

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