Resolución Gerencial Regional N.° 000147-2026-GR.LAMB/GRED
23 de enero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR, los expedientes N°516017825-2; N°515965598-2; de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de procedimientos".
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO, los recursos de apelación que se indican a continuación: 1) GREGORIO ESTEBAN BENITES LUIS (Pensionista), identificado con DNI N°16522477, contra la Resolución Directoral N°006674-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515919052-3] de fecha 30 de setiembre de 2025; 2) MELANIA ETELVINA FERNANDEZ MORALES (Pensionista), identificada con DNI N°16425685, contra la Resolución Directoral N°005013-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.CHIC [515882592-2] de fecha 21 de julio de 2025, conforme a lo fundamentado en el análisis de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O. de la L.P.A.G. aprobado con el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo a las partes interesadas y a la dependencia correspondiente, conforme a Ley.
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR, los expedientes N°516017825-2; N°515965598-2; de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de procedimientos".
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO, los recursos de apelación que se indican a continuación: 1) GREGORIO ESTEBAN BENITES LUIS (Pensionista), identificado con DNI N°16522477, contra la Resolución Directoral N°006674-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515919052-3] de fecha 30 de setiembre de 2025; 2) MELANIA ETELVINA FERNANDEZ MORALES (Pensionista), identificada con DNI N°16425685, contra la Resolución Directoral N°005013-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.CHIC [515882592-2] de fecha 21 de julio de 2025, conforme a lo fundamentado en el análisis de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O. de la L.P.A.G. aprobado con el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo a las partes interesadas y a la dependencia correspondiente, conforme a Ley.
