Resolución Gerencial Regional N.° 000084-2026-GR.LAMB/GRED
19 de enero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR los expedientes N°516068809; N°516065203; N°516054108; N° 516064519 y N°516065736, de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de procedimientos".
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO los Recursos Administrativos de Apelación que se indican a continuación: CARMEN SERQUEN DIAZ VDA. DE PEREZ, identificada con DNI N°16513644, contra RESOLUCION DIRECTORAL N° 007482-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [516036928-2] de fecha 13 de noviembre de 2025; GLADYS LORENZA VEGA GASTELUMENDI, identificada con DNI N°16642255, contra RESOLUCION DIRECTORAL N° 007148-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515815209-3] de fecha 24 de octubre de 2025; EMELINA CAMPOS CARRANZA, identificada con DNI N°21786117, contra RESOLUCION DIRECTORAL N°007167-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515938856-4], de fecha 28 de octubre de 2025; EDITA ELVIA MEJIA PEREZ, identificada con DNI N°16659418, contra RESOLUCION DIRECTORAL N°007167-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515938856-4], de fecha 28 de octubre de 2025 y MARGARITA ELIZABETH GARCIA SALAZAR, identificada con DNI N°16541945, contra la RESOLUCION DIRECTORAL N°06449-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515945936-2], de fecha 17 de setiembre del 2025, conforme a los considerandos expuestos en el presente acto resolutivo.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O. de la L.P.A.G. aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR los expedientes N°516068809; N°516065203; N°516054108; N° 516064519 y N°516065736, de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de procedimientos".
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO los Recursos Administrativos de Apelación que se indican a continuación: CARMEN SERQUEN DIAZ VDA. DE PEREZ, identificada con DNI N°16513644, contra RESOLUCION DIRECTORAL N° 007482-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [516036928-2] de fecha 13 de noviembre de 2025; GLADYS LORENZA VEGA GASTELUMENDI, identificada con DNI N°16642255, contra RESOLUCION DIRECTORAL N° 007148-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515815209-3] de fecha 24 de octubre de 2025; EMELINA CAMPOS CARRANZA, identificada con DNI N°21786117, contra RESOLUCION DIRECTORAL N°007167-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515938856-4], de fecha 28 de octubre de 2025; EDITA ELVIA MEJIA PEREZ, identificada con DNI N°16659418, contra RESOLUCION DIRECTORAL N°007167-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515938856-4], de fecha 28 de octubre de 2025 y MARGARITA ELIZABETH GARCIA SALAZAR, identificada con DNI N°16541945, contra la RESOLUCION DIRECTORAL N°06449-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515945936-2], de fecha 17 de setiembre del 2025, conforme a los considerandos expuestos en el presente acto resolutivo.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O. de la L.P.A.G. aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
