Resolución Gerencial Regional N.° 000067-2026-GR.LAMB/GRED

19 de enero de 2026

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- FUNDADO EN PARTE
, el recurso administrativo de apelación interpuesto por la administrada ARANA GARCIA YOLANDA MARIBEL, contra la resolución denegatoria ficta, por la falta de atención de la solicitud primigenia tramitada ante la UGEL Chiclayo.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la administrada ARANA GARCIA YOLANDA MARIBEL, en el extremo referido al pago de la bonificación del 30% por Preparación de Clases y Evaluación en base a la remuneración total o íntegra, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.-DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la Ley N° 27444 “ley de Procedimiento Administrativo General” aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a la parte interesada de conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
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RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N° 000067-2026-GR.LAMB

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