Resolución Gerencial Regional N.° 000060-2026-GR.LAMB/GRED
19 de enero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADO, el recurso de apelación presentado por la administrada EUSEBIA HUANCAS RIOFRIO, en consecuencia, NULO el acto administrativo contenido en el Oficio Nº 002347-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515886029 - 1], de fecha 18 de julio de 2025, emitido por la Jefatura del Área de Recursos Humanos de la UGEL LAMBAYEQUE, al contravenir el deber de motivación y el principio de legalidad.
ARTÍCULO SEGUNDO: RETROTRAER, el procedimiento al momento previo a la emisión del Oficio Nº 002347-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515886029 - 1], de fecha 18 de julio de 2025, debiendo la UGEL LAMBAYEQUE tener en consideración lo señalado en la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O. de la L.P.A.G. aprobado con el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo a las partes interesadas y a la dependencia correspondiente, conforme a Ley.
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADO, el recurso de apelación presentado por la administrada EUSEBIA HUANCAS RIOFRIO, en consecuencia, NULO el acto administrativo contenido en el Oficio Nº 002347-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515886029 - 1], de fecha 18 de julio de 2025, emitido por la Jefatura del Área de Recursos Humanos de la UGEL LAMBAYEQUE, al contravenir el deber de motivación y el principio de legalidad.
ARTÍCULO SEGUNDO: RETROTRAER, el procedimiento al momento previo a la emisión del Oficio Nº 002347-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515886029 - 1], de fecha 18 de julio de 2025, debiendo la UGEL LAMBAYEQUE tener en consideración lo señalado en la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O. de la L.P.A.G. aprobado con el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo a las partes interesadas y a la dependencia correspondiente, conforme a Ley.
