Resolución Gerencial Regional N.° 001160-2025-GR.LAMB

16 de diciembre de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR los expedientes N°3650325, N°3638681 y N°3692101; de los
impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo
Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito en el
127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de
procedimientos" del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo
General.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO los recursos administrativos de Apelación interpuestos
por: Doña ELVA MARIA CAMACHO PAREDES, identificada con DNI N°16483361 contra la
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°002777-2020-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [3427973-2] de fecha 10 de
junio de 2020; Don JOSE ANGEL CACHAY GONZALES, identificado con DNI N°16560580 contra la
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°002189-2020-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [3427756-2] de fecha 06 de
marzo de 2020 y Don LUIS ALBERTO DIAZ PISCOYA, identificado con DNI N°17401152 contra la
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°003057-2020-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [3546361-2] de fecha 13 de
agosto de 2020; conforme a lo fundamentado en la parte considerativa del presente acto resolutivo.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo
prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del
T.U.O de la Ley 27444, aprobado con Decreto Supremo N°004-2019- JUS.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de
conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento
Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE
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