Resolución Gerencial Regional N.° ° 001126-2025-GR.LAMB

4 de diciembre de 2025

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.-DECLARAR IMPROCEDENTE, el recurso administrativo de apelación interpuesto
por Manuel Alberto HUERTAS OLIVERA contra el Oficio N°04560-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC,
[515843068-1] considerando que, no es pasible la aplicación de la Ley Nº 32199, la misma que alcanza
vigencia desde el 17 de diciembre de 2024 y el administrado al momento de la emisión de la misma ya
había cesado, esto es, con fecha 01 de junio del 2024, conforme a lo fundamentado en la parte
considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.- DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo
prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del
T.U.O de la Ley N° 27444 “ley de Procedimiento Administrativo General” aprobado mediante Decreto
Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a la parte interesada
de conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444 – Ley del
Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS
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