Resolución Gerencial Regional N.° ° 001075-2025-GR.LAMB

24 de noviembre de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR, la NO INSTAURACIÓN DE PROCESO ADMINISTRATIVO
DISCIPLINARIO contra NATIVIDAD SÁNCHEZ PURIHUAMAN, identificado con DNI N° 17403489, quien
se desempeña como Director de la UGEL Lambayeque, por no existir los medios de convicción necesarios
para el Inicio de Proceso Administrativo Disciplinario y por considerar que no es pasible de sanción
administrativa según la valoración de la gravedad, en consecuencia disponer su ARCHIVO DEFINITIVO,
de conformidad al numeral 90.5 del artículo 90° del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-ED, por los fundamentos expuestos en el presente
acto administrativo
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que el Responsable del Área de Trámite Documentario de la
Gerencia Regional de Educación Lambayeque remita copias fedateadas del presente expediente a la
Oficina de Asesoria Jurídica de esta entidad, a efectos de que emita opinión legal sobre la procedencia de
declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos cuestionados, previa evaluación, análisis de la
pretensión y del contenido de éstos, cumpliendo con el ordenamiento jurídico establecido en el artículo
11° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y de ser el caso remitir a la Procuraduría Pública
del Gobierno Regional de Lambayeque, de conformidad con el numeral 213.4 del artículo 213° del citado
TUO.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, que el Responsable del Área de Trámite Documentario de la
Gerencia Regional de Educación Lambayeque notifique la presente al interesado, observando el modo,
forma y plazo previsto en los artículos 20°, 21° y 24° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
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