Resolución Gerencial Regional N.° RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N.° 001007-2025-GR.LAMB/GRED [515870595 - 3]
12 de noviembre de 2025
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- ACUMULAR, los expedientes administrativos N°515870595-0 y 515934553-0
toda vez que los mismos fueron presentados por el mismo administrado GILBERTO SANTIAGO
AMPUERO SANDOVAL, identificado con DNI N°16418392, en función a lo prescrito en el artículo 160°
del T.U.O de la LPAG, aprobado por D.S. N°004-2019-JUS, por guardar conexión entre sí.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso administrativo de apelación
interpuesto por el administrado GILBERTO SANTIAGO AMPUERO SANDOVAL, identificado con DNI
N°16418392 contra la resolución denegatria ficta, recaída en el expediente Nº 515808868-0 de fecha 30 de
abril de 2025, por la falta de atención del mismo en la UGEL Chiclayo.
ARTICULO TERCERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, el recurso administrativo de apelación
interpuesto por el administrado GILBERTO SANTIAGO AMPUERO SANDOVAL, en el extremo referido a
la solicitud de reajuste y pago de la Bonificación Transitoria para Homologación (TPH), considerando que
fue beneficiado por dicho concepto según consta en las boletas de pago que forma parte integrante del
expediente administrativo; asimismo, se debe indicar que carece de objeto pronunciarse respecto al escrito
por el recurrente invocando el silencio administrativo, teniendo en cuenta que la administración tiene el
deber de concluir con el procedimiento administrativo, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de
la presente resolución.
ARTICULO CUARTO.-DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, haciendo de conocimiento al
administrado que tiene expedito su derecho de recurrir a la Vía Jurisdiccional mediante Proceso
Contencioso Administrativo, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política
del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la Ley N° 27444 “ley de Procedimiento
Administrativo General” aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a la parte interesada
de conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444 – Ley del
Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE
