Resolución Gerencial Regional N.° RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N.° 000831-2025-GR.LAMB/GRED [515786518 - 3]

18 de setiembre de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADO EN PARTE el Recurso Administrativo de Apelación
interpuesto por la administrada EDELMA ISABEL AVALOS ESTELA, contra la Resolución Denegatoria
Ficta recaída en el Exp. NO ATENDIDO N°515671624-0 de fecha 17 de enero del 2025, la cual continúa
en poder de la autoridad de primera instancia administrativa. FUNDADO sólo en el extremo relacionado al
tiempo en exceso transcurrido sin la atención adecuada y oportuna de la petición primigenia, al haber
operado el silencio administrativo negativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO, el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto
por la administrada EDELMA ISABEL AVALOS ESTELA, contra la Resolución Denegatoria
Ficta recaída en el Exp. NO ATENDIDO N°515671624-0 de fecha 17 de enero del 2025; conforme a lo
fundamentado en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, que la Autoridad de Primera Instancia - UGEL Lambayeque - evalúe
la determinación de la Responsabilidad Administrativa Funcional de quienes resulten responsables por la
no atención adecuada y oportuna del expediente primigenio N°515671624-0 que, sin estudio, análisis ni
respuesta alguna al administrado sigue archivado en poder de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito
en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la
L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a la parte interesada y a la
UGEL Chiclayo, de conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.-
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.
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