Resolución Gerencial Regional N.° RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N.° 000746-2025-GR.LAMB/GRED [515811311 - 3]
29 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADO EN PARTE, el Recurso Administrativo de
Apelación interpuesto por el administrado JUAN LUCIDORO ROMERO DIAZ contra la supuesta
Resolución Denegatoria Ficta, que no es tal, recaída en el Exp. SISGEDO N°515710985-0 de fecha 14 de
febrero de 2025. FUNDADO sólo en el extremo de los plazos, por considerar la demora de la autoridad
administrativa de primera instancia, al brindar respuesta extemporánea a su petitorio
primigenio, incumpliendo con lo dispuesto por el Art. 153° del TUO de la LPAG.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por
el administrado JUAN LUCIDORO ROMERO DIAZ, contra la supuesta Resolución Denegatoria Ficta, que
no es tal, recaída en el Exp. SISGEDO N°515710985-0 de fecha 14 de febrero de 2025, atendido
mediante OFICIO N° 000766-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.FERR [515710985 - 1] de fecha 9 de abril de
2025; respecto al reconocimiento del incremento de la remuneración en 10% a los trabajadores aportantes
al Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI), así como el pago de devengados e intereses legales; conforme
a lo fundamentado en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo
prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del
T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de
conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.-
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE
