Resolución Gerencial Regional N.° RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N.° 000745-2025-GR.LAMB/GRED [3957819 - 3]
29 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR los siguientes expedientes N°3957819-1 y N°515766220-1; de las
impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo
Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito en los
artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de
procedimientos".
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR FUNDADO EN PARTE, los Recursos Administrativos de
Apelación interpuestos por las administradas: 1)EUNISE MORALES BARRERA, 2)ISABEL PERPETUA
COLONIA TEJADA; contra sus respectivas Resoluciones Denegatorias Fictas. FUNDADO sólo en el
extremo de los plazos, por considerar la demora de la autoridad administrativa de primera instancia, al
brindar respuesta extemporánea a su petitorio primigenio, incumpliendo con lo dispuesto por el
Art. 153° del TUO de la LPAG.
ARTÍCULO TERCERO: DECLARAR INFUNDADO los Recursos Administrativos de Apelación que se
indican a continuación: 1)EUNISE MORALES BARRERA contra la supuesta Resolución Denegatoria
Ficta, que no es tal, recaída en el Exp. SISGEDO N°3858906-0 de fecha 19 de mayo del 2021, atendido
mediante OFICIO N°002539-2021-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [3858906-1] de fecha 15 setiembre del
2021; 2)ISABEL PERPETUA COLONIA TEJADA contra la supuesta Resolución Denegatoria Ficta, que
no es tal, recaída en el Exp. SISGEDO N°515627583-0 de fecha 14 de diciembre del 2024, atendido
mediante OFICIO N° 000215-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515627583-1] de fecha 4 febrero
2025; conforme a lo fundamentado en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito
ARTÍCULO CUARTO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito
en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la
L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de
conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.
