Resolución Gerencial Regional N.° RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N.° 000742-2025-GR.LAMB/GRED [515435187 - 3]
29 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADO EN PARTE el Recurso Administrativo de Apelación
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADO EN PARTE el Recurso Administrativo de Apelación
interpuesto por el administrado ALEJANDRO BALDOMERO GALVEZ PALACIOS, contra la Resolución
Denegatoria Ficta recaída en el Exp. N°515371072-0 de fecha 16 de mayo de 2024, el cual NO FUE
ATENDIDO por la autoridad de primera instancia administrativa. FUNDADO sólo en el extremo
relacionado al tiempo en exceso transcurrido sin la atención adecuada y oportuna de la petición primigenia,
al haber operado el silencio administrativo negativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO, el Recurso Administrativo de Apelación
interpuesto por el administrado ALEJANDRO BALDOMERO GALVEZ PALACIOS, contra la Resolución
Denegatoria Ficta recaída en el Exp. NO ATENDIDO N°515371072-0 de fecha 16 de mayo del 2024;
conforme a lo fundamentado en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, que la Autoridad de Primera Instancia - UGEL Chiclayo - evalúe la
determinación de la Responsabilidad Administrativa Funcional de quienes resulten responsables por la no
atención adecuada y oportuna del expediente primigenio, que sin estudio, análisis ni respuesta alguna fue
anexado al presente recurso administrativo de apelación formulado por el administrado que recurrió
la resolución ficta con el usuario del trabajador Ytalo Silva.
ARTÍCULO CUARTO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito
en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la
L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de
conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.-
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.
