Resolución Gerencial Regional N.° RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N.° 000731-2025-GR.LAMB/GRED [515798279 - 4]
22 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- ACUMULAR los expedientes N°515798279-2; N°515530184-2; N°515517784-2;
N°515315955-2 de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la
emisión de un mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de
conformidad a lo prescrito en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la
celeridad” y 160° “Acumulación de procedimientos".
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR INFUNDADO los recursos de apelación que se indican a
continuación: 1) LUCIA YSABEL SEVERINO MORA, contra la RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N°002474-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515657419-2] de fecha 20 de marzo de 2025; 2) ESTHER
LLATAS VALDIVIA, contra la RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°004125-2024-GR.LAMB/GRED
LLATAS VALDIVIA, contra la RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°004125-2024-GR.LAMB/GRED
UGEL.CHIC [515361534-2] de fecha 15 de mayo de 2024; 3) NURY MARGOT RODAS CHAVEZ, contra
la RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°005139-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515382180-2] de fecha
10 de julio de 2024; 4) MARIELA ADRIANA QUIROGA CHAVEZ, contra la RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N°000154-2020-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [3430242-2] de fecha 5 de febrero de 2020; conforme a lo
fundamentado en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTICULO TERCERO.- DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo
prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del
T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019- JUS.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de
conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE
