Resolución Gerencial Regional N.° RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N.° 000703-2025-GR.LAMB/GRED [515415592 - 4]

15 de agosto de 2025

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- ACUMULAR, los expedientes N°515415592-2; N°515450863-2; N°515553829-2
de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un
mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito
en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación
de procedimientos".
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR INFUNDADO, los recursos de apelación que se indican a
continuación:
PERLA URIARTE DE ASENJO, contra la
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N°004320-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515331774-2] de fecha 6 de junio de 2024; CONSUELO
OBLITAS LOPEZ, contra la RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°004320-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC
[515331774-2] de fecha 06 de junio de 2024; JOSE GIL MANAYAY BARRIOS, contra la RESOLUCIÓN
DIRECTORAL N°006218-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515386859-2] de fecha 17 de septiembre
de 2024, conforme a lo fundamentado en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.- DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo
prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del
T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019- JUS.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de
conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE
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