Resolución Gerencial Regional N.° RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N.° 000673-2025-GR.LAMB/GRED [515416199 - 21]

11 de agosto de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO contenido en la
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°005542-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515416199-4] de fecha 31
de julio de 2024 mediante el cual se otorga el monto de S/. 3, 000.00 (TRES MIL CON 00/100 SOLES) por
concepto de SUBSUDIO POR LUTO Y SEPELIO a favor de MARTHA CORNEJO CHINGUEL por el
fallecimiento de su madre, doña PETRONILA CHINGUEL VDA. DE CORNEJO; debido a que no existía
vínculo laboral vigente al momento de ocurrido el fallecimiento, conforme a lo establecido en el Decreto
Supremo N°309-2013-EF, concordante con el artículo 41° de la Ley 29944 – Ley de Reforma Magisterial.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, que a cada uno de los Órganos Disciplinarios respectivos le sean
derivadas copias fedateadas de los antecedentes de la presente resolución, a efectos de que se inicie la
investigación administrativa correspondiente a quienes resulten responsables de la proyección, emisión y
suscripción del Acto Administrativo contenido en la RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N°005542-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515416199-4] de fecha 31 de julio de 2024, que ha sido
declarada NULA en el artículo primero de la presente resolución, conforme a lo prescrito en el numeral
1.18 del artículo IV del Título Preliminar del TUO de la LPAG aprobado mediante D.S.N°004-2019-JUS
Principio de responsabilidad, concordante con los artículos 11°, 213° y 241° del mismo cuerpo
normativo.
ARTÍCULO TERCERO: DECLARAR EL AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA, conforme a lo
estipulado en el artículo 148° de la Constitución concordante con el artículo 228° del TUO de la Ley 27444
– Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019- JUS.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas y a los
Órganos Disciplinarios de la GRED y UGEL Chiclayo, respectivamente; de conformidad a lo establecido en
el artículo 18° del TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado
mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.
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RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N° 000673-2025-GR.LAMB

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