Resolución Gerencial Regional N.° 000471-2025-GR.LAMB/GRED
26 de mayo de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR los expedientes N°4418026-1; N°4384291-2; de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de procedimientos".
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR INFUNDADO los recursos administrativos de Apelación que se indican a continuación: 1)JUDITH MARCELA APARICIO DE CARRASCO, contra el OFICIO N° 006964-2022-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [4382034-1] de fecha 27 de noviembre de 2022; 2)LUIS ESTELA ELIAS, contra el OFICIO N° 006277-2022-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [4361601-1] de fecha 30 de octubre de 2022; respecto al reconocimiento del incremento de la remuneración en 10% a los
trabajadores aportantes al Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI), así como el pago de devengados e intereses legales, conforme a lo fundamentado en los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo a las partes interesadas y a la dependencia correspondiente, conforme a Ley.