Resolución Jefatural N.° 000681-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD

11 de diciembre de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO:
DAR CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL contenido en la resolución judicial N° UNO de fecha 20 de enero del 2013, resolución judicial N° TRES, de fecha 17 de abril de 2023, resolución judicial Resolución judicial N° SIETE de fecha 22 de junio de 2023, y resolución judicial N° DIEZ, de fecha 07 de noviembre de 2023 recaídas en el Expediente Judicial N° 00052-2023-0-1706-JR-CI-04, en el cual, el Cuarto Juzgado Civil de Chiclayo, ordena el cumplimiento de la Resolución 325-2018-GR.LAMB/GRED-OFAD[2874642-10], de fecha 30 de octubre de 2018, que resuelve: "ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR, con eficacia anticipada a partir de 01 de setiembre del año 2001 al 30 de abril 2018 (fecha de liquidación de deuda) para los administrativos y desde el 01 de setiembre de 2001 a diciembre de 2012 para los docentes de la GRED Lambayeque el reajuste de la Bonificación dispuesto en los Decretos de Urgencia Nº 090-96, 073-97 y 011-99, más los intereses legales laborales correspondientes a los trabajadores nombrados de la GRED Lambayeque, afiliados al Sindicato de Trabajadores Administrativos Educación de Lambayeque - SITAEL, así como a otros servidores de esta sede regional que lo solicitan y se encuentran contenidos en el anexo 1,2 y 3 que forma parte de la presente Resolución", A FAVOR DE RAÚL YVAN CANTÚ PEÑA, así como los intereses legales, de acuerdo con el detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, que el contenido de la presente resolución sea comunicada a la Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo, con la finalidad que se implementen las acciones correspondientes que tiendan a materializar el pago de los montos descritos en el párrafo precedente de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, que la Oficina Ejecutiva de Asesoría Jurídica informe al Juzgado correspondiente sobre las acciones realizadas en cumplimiento de lo ordenado por dicha judicatura. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente Resolución a las partes interesadas, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS
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