Resolución Gerencial Regional N.° 001500-2024-GR.LAMB/GRED
20 de diciembre de 2024
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.-DECLARAR IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuesto por el administrado Carmen CALBAY RODRIGUEZ, contra el Oficio N°000796-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD, de fecha 15 de agosto de 2024, considerando que ampara su pretensión en la Ley N°31653 la misma que desde su dación no se encuentra reglamentada, es decir, ante la inexistencia de su reglamento genera un vacío legal, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.-DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO TERCERO.-NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo al administrado, conforme a Ley.
ARTICULO PRIMERO.-DECLARAR IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuesto por el administrado Carmen CALBAY RODRIGUEZ, contra el Oficio N°000796-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD, de fecha 15 de agosto de 2024, considerando que ampara su pretensión en la Ley N°31653 la misma que desde su dación no se encuentra reglamentada, es decir, ante la inexistencia de su reglamento genera un vacío legal, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.-DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO TERCERO.-NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo al administrado, conforme a Ley.