Resolución Gerencial Regional N.° 001437-2024-GR.LAMB/GRED
5 de diciembre de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADO EN PARTE, el recurso administrativo de apelación del profesor
CESAR AUGUSTO CARRERO FERNANDEZ, contra el OFICIO N° 000201-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [215232233-6] de fecha 26 de enero de 2024; solo en el
extremo de respetar el orden de prelación estipulado en el CUADRO DE PRIORIDAD DE LA EVALUACIÓN MÉDICA AL PERSONAL DE LA UGEL CHICLAYO del Informe N°52-2023-GR.LAMB/GRED-UGEL-CH.DGA/INF.ASIDC, en donde el impugnante se encuentra con
prioridad II de atención (Urgencia mayor), de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA NULIDAD del acto administrativo impugnado, contenido en el OFICIO N° 000201-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [215232233-6] de fecha 26 de enero de 2024, el cual originó el agravio a la normatividad vigente y se emitió inobservando el principio de legalidad
prescrito en el numeral 1.1. del artículo IV del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2013-ED.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo a la dependencia señalada y a las partes interesadas, conforme a Ley