Resolución Gerencial Regional N.° 001401-2024-GR.LAMB/GRED
29 de noviembre de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - ACUMULAR los expedientes N° 515512318-1, 515457510-1, 515339736-1; de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito
en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de procedimientos".
ARTÍCULO SEGUNDO. - DECLARAR INFUNDADO los recursos administrativos de apelación que se indican a continuación: 1) MARGARITA ELIZABETH GARCIA SALAZAR, contra OFICIO N°004301-2024-GR.LAMB/GRED/UGEL.CHIC de fecha 22 de agosto de 2024; 2) MATILDE RENEE SAMPEDRANO DURANGO, contra OFICIO N°003424-2024-GR.LAMB/GRED/UGEL.CHIC de fecha 08 de julio de 2024;
3) JORGE LUIS CHAFLOQUE CHAFLOQUE, contra
OFICIO N°008247-2023-GR.LAMB/GRED/UGEL.CHIC de fecha 18 de diciembre de 2023; conforme a lo fundamentado en el análisis del presente informe legal., conforme a lo fundamentado en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO. - DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO. - NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo a la dependencia señalada y a las partes interesadas, conforme a Ley