Resolución Jefatural N.° 000616-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD

19 de setiembre de 2024

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL contenido en la resolución judicial número: Noventa y Dos de fecha nueve de noviembre de dos mil veintitres, expedida por el Sexto Juzgado Civil de Chiclayo mediante el expediente judicial N° 06143-2007-0-1706-JR-CI-06, el cual ha procedido a nivelar el incentivo único de los servidores administrativos que a continuación se señalan; los mismos que se rigen por los alcances del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Báses de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y que además se encuentran inmersos en la resolución judicial N° 92, 60 y 48 del referido proceso judicial, correspondiendo a los Técnicos la suma de dos mil ciento treinta y seis soles y para los auxiliares la suma de dos mil seis soles con ochenta y siete céntimos; según a lo dispuesto por la Resolucion Directoral N° 0426-2022-EF-53.01.
DEBE DECIR:
ARTÍCULO PRIMERO: DAR CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL contenido en la resolución judicial número: Noventa y Dos de fecha nueve de noviembre de dos mil veintitres, expedida por el Sexto Juzgado Civil de Chiclayo mediante el expediente judicial N° 06143-2007-0-1706-JR-CI-06, el cual ha procedido a nivelar el incentivo único de los servidores administrativos que a continuación se señalan; los mismos que se rigen por los alcances del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Báses de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y que además se encuentran inmersos en la resolución judicial N° 92, 60 y 48 del referido proceso judicial, correspondiendo a los Técnicos la suma de dos mil ciento treinta y seis soles y para los auxiliares la suma de dos mil seis soles con ochenta y siete céntimos; según a lo dispuesto por la Resolución Directoral N° 0426-2022-EF-53.01.
N° DE ORDEN 47
APELLIDOS Y NOMBRES SIESQUEN FERREÑAN, María Matilde
AUXILIAR/TECNICOTécnico Administrativo
MONTO A NIVELAR SEGUN Resolución Judicial 92.S/. 2,136.00
En el caso en concreto, el error en que se ha incurrido en la Resolución Jefatural N°000093-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD [215243273-0] de fecha 30 de enero de 2024, es un error material de redacción, que es posible de subsanarse porque no altera lo sustancial de su contenido, conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley N°27444. En otras palabras, resulta ser un error atribuible no a la manifestación de voluntad o razonamiento contenido en el acto, sino al soporte material que lo contiene; Asimismo la potestad correctiva de la administración pública le permite rectificar sus propios errores, siempre que estos sean de determinada clase y reúnan ciertas condiciones, en ese sentido, los errores que pueden ser objeto de rectificación son solo los que no alteran su sentido ni contenido;
quedando comprendidos en esta categoría los denominados “errores materiales”, que pueden ser a su vez: un error de expresión (equivocación en la institución jurídica), un error gramatical o un error aritmético. Estado a lo actuado por la Oficina de la Coordinación de Personal y contando con la visación de la Oficina
de Administración, la Oficina Ejecutiva de Asesoría Jurídica y la Dirección Ejecutiva de Gestión Institucional de la Gerencia Regional de Educación Lambayeque.
De conformidad a lo dispuesto en el TUO de la Ley N°27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, la Resolución Viceministerial N°
167-2023-MINEDU y el Decreto Regional N°00004-2021-GR.LAMB/GR que aprueba el Plan Operativo Institucional Manual 2022-2024 del Pliego 452 Gobierno Regional de Lambayeque y el Decreto Regional N° 00014-2021-GR.LAMB/GR que aprueba el “Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de
Educación del Gobierno Regional de Lambayeque”, actualizado mediante Decreto Regional N° 00002-2023-GR.LAMB/GR.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECTIFICAR, el error material advertido en el ARTÍCULO PRIMERO de la Resolución Jefatural N° 000093-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD (215243273-0), de fecha 30 de enero de 2024, respecto a que debe agregarse a la relación de los trabajadores beneficiarios del incentivo unico,
los nombres y apellidos, categoría remunerativa y la mensualización de la nueva escala del Incentivo Único, de la servidora SIESQUEN FERREÑAN, MARÍA MATILDE, quien se encuentra bajo el régimen Decreto Legislativo 276, asimismo está comprendida dentro de las Resolución Judicial N° 48,
60 y 92 del expediente judicial N° 06143-2007-0-1706-JR-CI-06, quedando acreditado que cumplió con los requisitos para ser beneficiaria de la nivelación del incentivo único, de acuerdo con el siguiente detalle:
DICE:
ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL contenido en la resolución judicial número: Noventa y Dos de fecha nueve de noviembre de dos mil veintitres, expedida por el Sexto Juzgado Civil de Chiclayo mediante el expediente judicial N° 06143-2007-0-1706-JR-CI-06, el cual ha
procedido a nivelar el incentivo único de los servidores administrativos que a continuación se señalan; los mismos que se rigen por los alcances del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Báses de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y que además se encuentran inmersos en la
resolución judicial N° 92, 60 y 48 del referido proceso judicial, correspondiendo a los Técnicos la suma de dos mil ciento treinta y seis soles y para los auxiliares la suma de dos mil seis soles con ochenta y siete céntimos; según a lo dispuesto por la Resolucion Directoral N° 0426-2022-EF-53.01.
DEBE DECIR:
ARTÍCULO PRIMERO: DAR CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL contenido en la resolución judicial número: Noventa y Dos de fecha nueve de noviembre de dos mil veintitres, expedida por el Sexto Juzgado Civil de Chiclayo mediante el expediente judicial N° 06143-2007-0-1706-JR-CI-06, el cual ha
procedido a nivelar el incentivo único de los servidores administrativos que a continuación se señalan; los mismos que se rigen por los alcances del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Báses de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y que además se encuentran inmersos en la
resolución judicial N° 92, 60 y 48 del referido proceso judicial, correspondiendo a los Técnicos la suma de dos mil ciento treinta y seis soles y para los auxiliares la suma de dos mil seis soles con ochenta y siete céntimos; según a lo dispuesto por la Resolución Directoral N° 0426-2022-EF-53.01.
N° DE ORDEN 47
APELLIDOS Y NOMBRES SIESQUEN FERREÑAN, María Matilde
AUXILIAR/TECNICO Técnico Administrativo
MONTO A NIVELAR SEGUN Resolución Judicial 92. S/. 2,136.00
ARTICULO SEGUNDO.- DEJAR subsistentes los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 000093-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD (215243273-0), de fecha 30 de enero de 2024.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente Resolución a las partes interesadas de conformidad con el artículo 18° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO: PUBLICAR, el contenido de la presente resolución en el Portal Web Institucional de la Gerencia Regional de Educación Lambayeque.
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