Resolución Gerencial Regional N.° 001034-2024-GR.LAMB/GRED
26 de agosto de 2024
SE RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO.- ACUMULAR los expedientes N°3061586-1; N°3063690-1; N°2631557-1; N°3127056-1; N°2941878-1; N°4122165-1; de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “ Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de procedimientos".
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR INFUNDADO los recursos administrativos de Apelación que se indica a continuación:
1) MARIA BETTY ARICA DE ZAPATA, contra el OFICIO N°007766-2018-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [2838230-1] de fecha 19 de noviembre del 2018; 2) FELIX
ITURREGUI BRAVO, contra el OFICIO N°007992-2018-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [2973864-1] de fecha 29 de noviembre del 2018; 3)BERTILA MARLENY GUERRERO RENTERIA, contra el OFICIO N°004934-2017-GR.LAMB/GRED-UGEL.LAMB [2601038-1] de fecha 19 de noviembre del 2017; 4) ANA MARIA BERRU GARCIA, contra el OFICIO N°000432-2019-GR.LAMB/GRED-UGEL.LAMB [3108703-1] de fecha 01 de febrero del 2019; 5) CESAR HUGO AREVALO GUARDERAS, contra el OFICIO N°002945-2018-GR.LAMB/GRED-UGEL.FERR [2925020-1] de fecha 15 de agosto del 2018; 6) PACO RONAL CASTRO TARRILLO, contra el OFICIO N°000366-2022-GR.LAMB/GRED-UGEL.FERR [4079351-1] de fecha 3 de febrero del 2022 2; conforme a lo fundamentado en la parte considerativa de la
presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO. - DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO. - NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo a las partes interesadas, conforme a Ley.