Resolución Gerencial Regional N.° 001031-2024-GR.LAMB/GRED
26 de agosto de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-ACUMULAR los expedientes N°3665482-1; N°515358223-1; N°515358196-1; N°4549008-1; de los impugnantes señalados ut supra, por contener solicitudes conexas que persiguen la emisión de un mismo Acto Administrativo con intereses perfectamente compatibles entre sí; de conformidad a lo prescrito en los artículos 127° “Acumulación de solicitudes”, 159° “Reglas para la celeridad” y 160° “Acumulación de procedimientos".
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de APELACIÓN interpuesto por los administrados: HEDY ROSA MUNDACA DIAZ, GLADYS MICAELA CONDEMARIN PARRAGUEZ, CARLOS ANTONIO SALDAÑA VALLEJOS, ENA AMERICA ORREGO GUERRERO contra los actos administrativos: 1) OFICIO N°002530-2020-GR.LAMB/GREDUGEL.FERR [3650192-1] de fecha 28 de septiembre de 2020; 2) OFICIO N°001864-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.FERR [515342846-1] de fecha 25 de abril de 2024; 3) OFICIO N°001865-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.FERR [515342854-1] de fecha 25 de abril del 2024; 4) OFICIO N°001324-2022-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC. [4095713-1] de fecha 11 de marzo de 2022; conforme a lo fundamentado en la parte considerativa de la
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de APELACIÓN interpuesto por los administrados: HEDY ROSA MUNDACA DIAZ, GLADYS MICAELA CONDEMARIN PARRAGUEZ, CARLOS ANTONIO SALDAÑA VALLEJOS, ENA AMERICA ORREGO GUERRERO contra los actos administrativos: 1) OFICIO N°002530-2020-GR.LAMB/GREDUGEL.FERR [3650192-1] de fecha 28 de septiembre de 2020; 2) OFICIO N°001864-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.FERR [515342846-1] de fecha 25 de abril de 2024; 3) OFICIO N°001865-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.FERR [515342854-1] de fecha 25 de abril del 2024; 4) OFICIO N°001324-2022-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC. [4095713-1] de fecha 11 de marzo de 2022; conforme a lo fundamentado en la parte considerativa de la
presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO. - DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la L.P.A.G aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO. - NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo a las partes interesadas, conforme a Ley.