Resolución Jefatural N.° 000164-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD

22 de marzo de 2024

RECTIFICAR POR ERROR MATERIAL INVOLUNTARIO en la Resolución Jefatural N° 00009-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD, de fecha 12 de enero de 2024 y la Resolución Jefatural N° 000087-2024-GR.LAMB/GRED-OFAD, de fecha 25 de enero de 2024; de conformidad con lo siguiente:
DICE:
CONSIDERANDO 4TO.“Que, el comité cumplió con llevar adelante las etapas del proceso de encargatura de gestión pedagógica, de manera abierta y transparente por concurso público o, de declararse desierto el proceso en los institutos de Educación Superior Tecnológicos públicos y, podrán invitar, siguiendo lo dispuesto en la normativa correspondiente” CONSIDERANDO 5TO “Que, habiendo quedado desierto el proceso, el comité y/o la Dirección Regional de Educación aplica lo establecido en el numeral 5.2.1.7. de la referida norma técnica”
DEBE DECIR:
CONSIDERANDO 4TO “Que, el numeral 5.2.1.7. establece “que en el caso que no se presenten postulantes a la plaza o puesto convocado de gestión pedagógica; o los participantes no hayan alcanzado el puntaje mínimo probatorio requerido o no cumplan con los requisitos y/o tienen impedimentos, el CE procederá a declarar desierto el proceso y adjudicar las plazas en el siguiente orden de prelación” Literal a). En primer lugar, adjudicar la plaza o el puesto teniendo en cuenta el cuadro de mérito de los postulantes aprobados de la misma plaza o puesto convocado, los cuadros de méritos tendrán vigencia durante todo el año en curso
b). Si no se puede aplicar el criterio precedente, el CE deberá invitar a un docente del IES o EEST público, que cumpla con los requisitos para postular y que no esté incurso en los impedimentos señalados en la presente norma, se dará preferencia a quien no haya participado del proceso. (...).”
CONSIDERANDO 5TO “Que, cabe precisar, que en el presente caso, es de aplicación el criterio señalado en el literal b, de la norma antes citada, puesto que la plaza o puesto convocado, fue adjudicado al docente invitado, cumpliendo con el marco legal establecido en la R.V. M. N° 162-2022-MINEDU, que aprueba “las Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puestos de directores generales y otros de gestión pedagógica en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica y Pedagógica Pública”
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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000164-2024-GR.LAMB

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