Resolución Gerencial Regional N.° 000616-2024-GR.LAMB/GRED
13 de mayo de 2024
DISPONER como funciones del Equipo de Gestión del Bienestar de la Comunidad Educativa lo siguiente:
a) Liderar la formulación del Plan de Implementación para la promoción de bienestar regional.
b) Realizar actividades de monitoreo, supervisión y evaluación sobre la implementación de las normas
vigentes relacionadas a bienestar socioemocional.
c) Identificar, promover, reconocer y difundir experiencias exitosas sobre acciones de bienestar
socioemocional.
d) Promover la articulación y geeración de alianzas intersectoriales y con otros actores para la
implementación de acciones vinculadas al bienestar socioemocional.
e) Orientar a las UGEL, para la atención de nudos críticos relacionados a la implementación de las acciones de bienestar socioemocional.