Resolución de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos N.° 112-2026-GR.LAMB/GERESA-OFRH

Dar Cumplimiento al Mandato Judicial de la N° NUEVE del veintiocho de diciembre del año dos mil dieciocho, en el que Quinto Juzgado Laboral, Expediente Nº 00853-2017-0-1706-JR-LA-05°. ARTICULO SEGUNDO

22 de enero de 2026

Dar Cumplimiento al Mandato Judicial de la N° NUEVE del veintiocho de diciembre del año dos mil dieciocho, en el que Quinto Juzgado Laboral, Expediente Nº 00853-2017-0-1706-JR-LA-05°. ARTICULO SEGUNDO.- Reconocer y otorgar a doña: SANDOVAL SANTAMARIA, BETTY la suma de: TRES MIL DOSCIENTOS CINCO CON 50/100 (S/ 3, 205.50) por concepto de devengados y la suma de: SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 15/100 SOLES (S/ 699.15) por concepto de Intereses Legales, haciendo un total de: TRES MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 65/100 SOLES (S/ 3, 904.65) correspondiente a reintegro por subsidio por fallecimiento; de acuerdo a la parte considerativa de la presente Resolución.
Vista preliminar de documento Dar Cumplimiento al Mandato Judicial de la N° NUEVE del veintiocho de diciembre del año dos mil dieciocho, en el que Quinto Juzgado Laboral, Expediente Nº 00853-2017-0-1706-JR-LA-05°. ARTICULO SEGUNDO.- Reconocer y otorgar a doña: SANDOVAL SANTAMARIA, BETTY la suma de: TRES MIL DOSCIENTOS CINCO CON 50/100 (S/ 3, 205.50) por concepto de devengados y la suma de: SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 15/100 SOLES (S/ 699.15) por concepto de Intereses Legales, haciendo un total de: TRES MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 65/100 SOLES (S/ 3, 904.65) correspondiente a reintegro por subsidio por fallecimiento; de acuerdo a la parte considerativa de la presente Resolución.

Dar Cumplimiento al Mandato Judicial de la N° NUEVE del veintiocho de diciembre del año dos mil dieciocho, en el que Quinto Juzgado Laboral, Expediente Nº 00853-2017-0-1706-JR-LA-05°. ARTICULO SEGUNDO.- Reconocer y otorgar a doña: SANDOVAL SANTAMARIA, BETTY la suma de: TRES MIL DOSCIENTOS CINCO CON 50/100 (S/ 3, 205.50) por concepto de devengados y la suma de: SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 15/100 SOLES (S/ 699.15) por concepto de Intereses Legales, haciendo un total de: TRES MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 65/100 SOLES (S/ 3, 904.65) correspondiente a reintegro por subsidio por fallecimiento; de acuerdo a la parte considerativa de la presente Resolución.

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