Trabajadores y empleadores fueron capacitados sobre las obligaciones en materia de SST en el marco del Covid-19

Nota de prensa

22 de julio de 2020 - 2:38 p. m.

 

La Gerencia de Trabajo y Promoción del Empleo por encargo del Gobierno Regional de La Libertad, continúa capacitando de manera virtual y gratuita a la población en temas vinculados a la seguridad y salud en el trabajo en el marco del COVID-19, con la finalidad de prevenir contagios, incidentes y accidentes laborales.

 

Implementación de protocolos sanitarios

 

La charla virtual estuvo a cargo de un representante de la Dirección de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y P.E., quien explicó la responsabilidad administrativa de los empleadores en el marco de la pandemia, por ejemplo, la obligatoriedad de contar con un plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 aprobado por el Comité de SST o por el supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda.

 

Sanciones frente a incumplimiento

 

La revisión y fiscalización posterior del contenido de este plan será efectuada por el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS), si se advierte fraude o falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada por la empresa, se declararía la nulidad de la aprobación automática del Plan y se podría imponer una multa de entre 5 y 10 UIT (entre S/ 21,500.00 y S/ 43,000.00).

 

El empleador debe realizar las pruebas de descarte de COVID-19, cuando corresponda a aquellos trabajadores o en puestos de trabajo con alto o muy alto riesgo, la infracción sancionable por la SUNAFIL ante el incumplimiento de esta obligación sería muy grave y el monto de la sanción podría oscilar, dependiendo del número de trabajadores afectados, desde los S/ 989.00 hasta S/ 2,924.00, en el caso de las microempresas; S/ 3,311.00 hasta S/ 32,895.00 en el caso de las pequeñas empresas; y S/ 11,309.00 hasta S/ 225,879.00 para el resto de empresas.

 

Es responsabilidad del empleador mantener la limpieza y desinfección de los centros de trabajo, la infracción sería grave y monto de la sanción podría ir, dependiendo del número de trabajadores afectados, desde los S/ 473.00 hasta S/ 1,935.00, en el caso de las microempresas; S/ 1,935.00 hasta S/ 19,350.00 en el caso de las pequeñas empresas; y S/ 6,751.00 hasta S/ 112,316.00 para el resto de empresas.

 

Se debe entregar los equipos de protección personal, la infracción sería grave y el monto podría oscilar, dependiendo del número de trabajadores afectados, desde los S/ 473.00 hasta S/ 1,935.00, en el caso de las microempresas; S/ 1,935.00 hasta S/ 19,350.00 en el caso de las pequeñas empresas; y S/ 6,751.00 hasta S/ 112,316.00 para el resto de empresas.