Cerca de 2 mil trabajadores del rubro de Construcción Civil fueron registrados y ya cuentan con su carné

Nota de prensa

24 de octubre de 2016 - 10:35 a. m.

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Unos 1915 trabajadores de construcción civil fueron inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC y ya cuentan con su carné, esto permitirá identificar y habilitar a los trabajadores que ingresen en la actividad de Construcción Civil.

Es necesario resaltar que las empresas de construcción civil solo contratarán a las personas que están en el RETCC, o de lo contrario tendrán una infracción grave, según el Decreto Supremo N° 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.

El RETCC responde a la necesidad de implementar un registro que permita, entre otros, identificar a los trabajadores del sector de construcción civil (profesionalización), diferenciándolos de aquellas personas que se participan ocasionalmente de la actividad con el verdadero propósito de cometer actos delictivos.

Están obligados a inscribirse en el RETCC, todos trabajadores que laboren de manera personal, subordinada y remunerada a favor de una persona natural, jurídica, pública o privada, independientemente de la duración del vínculo que, realice actividades de construcción civil, siendo dicho registro gratuito y automático. En nuestra región, la implementación del Registro Nacional deTrabajadores de Construcción Civil - RETCC, está a cargo de la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.

En esta primera etapa, la cual culmina en el mes de noviembre solo se necesitan presentar los certificados de antecedentes policiales, judiciales y penales; los mismos que deberán cumplir con los plazos de vigencia previstos en las normas sobre la materia

De los 1915 carnés entregados 10 de ellos fueron otorgados a mujeres que ejercen labores en el rubro de construcción civil, cabe resaltar que una vez inscritos el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su portal institucional, pondrá a disposición de los interesados la relación de los trabajadores inscritos en el RETCC y que, por lo tanto, se encuentran habilitados para ejercer la actividad de la construcción civil.

Asimismo, de conformidad con el artículo 10° del Reglamento, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo facilitará el acceso a la información contenida en el RETCC a las autoridades administrativas competentes en materia de seguridad ciudadana a fin de que éstas realicen acciones de prevención y sanción de las situaciones de violencia en la actividad de construcción civil.