Sólo 3 playas de 20 monitoreadas por el GRLL son saludables

Nota de prensa

20 de febrero de 2019 - 12:44 p. m.

 

Tras realizarse un consolidado del estado de las playas en el litoral de la región La Libertad se pudo comprobar que sólo 3 de las 20 playas monitoreadas han sido consideradas como Saludables.

Estas playas son Salaverry Norte, Malecón Grau Sur de Pacasmayo y Puémape Centro en San Pedro de Lloc, como resultado obtenido en esta semana epidemiológica, por lo cual hay 17 puntos de monitoreo de playas que no cumplen con los criterios de evaluación calificándolas como NO SALUDABLES.

Estas playas consideradas como no saludables, en su mayoría no cuentan con recipientes para residuos sólidos y servicios higiénicos. En cuanto a la calidad microbiológica, en las tres playas de Huanchaco (Huanchaquito, El Mirador y Huankarute), playa El Charco de Santiago de Cao, y tres playas de Virú (El Carmelo, Gaviotas y El Encanto), los coliformes termotolerantes superan los límites máximo permisibles.

En ese sentido, se hace un llamado a los gobiernos locales a vigilar dichas playas consideradas No Saludables para que se cumplan con implementar Servicios Higiénicos, recipientes para Residuos Sólidos y mantener limpias las playas; además vigilar que realicen la colocación de los banderines de la calidad sanitaria de playas saludable o no saludable según reportes, que a la fecha casi en todas las playas no lo están realizando.

Asimismo, se recomienda realizar el seguimiento de los acuerdos y compromisos entre establecimiento de Salud y gobiernos locales tomados al momento de la supervisión, con la finalidad de mejorar la calidad sanitaria de las playas.

Los monitoreos se realizan todas las semanas y de continuar con una tendencia constante y reiterativa de la calificación sanitaria No Saludable, se solicitará el cierre de las playas para uso recreacional por ser de riesgo a la salud de la población, en concordancia a lo señalado en el artículo N°106 - Ley N° 26842 - Ley General de Salud, sobre funciones y competencias de la autoridad de salud, “Cuando la contaminación del ambiente signifique riesgo o daño a  la salud de las personas, la autoridad de salud a nivel nacional, en coordinación con la autoridad de salud a nivel regional; dicta las medidas de prevención y control indispensables para que cesen los actos o hechos que ocasionan dichos riesgos o daños”.