Resolución Gerencial Regional N.° 000326-2022-GGR-GRAG
5 de julio de 2022
INICIAR EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el servidor TRUJILLO CRUZADO JULIO CESAR, por haber transgredido el Artículo 85° de la Ley 30057- Ley de Servicio Civil, que establece las faltas que determinan la Aplicación de la Sanción Disciplinaria: j) Las ausencias injustificadas por más de tres (3) días consecutivos o por más de cinco (5) días no consecutivos en un período de treinta (30) días calendario, o más de quince (15) días no consecutivos en un período de ciento ochenta días (180) calendario