Resolución Directoral Regional N.° 1177-2025-GORE-ICA-DRSA/DG

24 de julio de 2025

Que, según el Art. 26º de la Ley Nº 28411, LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO; El crédito
presupuestario se destina, exclusivamente, a la finalidad para la que haya sido autorizado en los presupuestos,
o la que resulte de las modificaciones presupuestarias aprobadas conforme a la Ley General, entiéndase por
créditopresupuestario a la dotación consignada en el Presupuesto del Sector Público
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