Cuadro de Asignación de Personal (CAP)
Manual
10 de noviembre de 2023
ORDENANZA REGIONAL:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) 2023 de la Dirección Regional de Salud Huánuco y de sus ocho (08)
Unidades Ejecutoras.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Dirección Regional de Salud Huánuco, la implementación de las recomendaciones establecidas en el Informe Técnico N° 000211-2023-SERVIR-GDSRH de fecha 03 de noviembre de 2023, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR.
ARTÍCULO TERCERO: DERÓGUESE, las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Oficina de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
ARTÍCULO QUINTO: La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) 2023 de la Dirección Regional de Salud Huánuco y de sus ocho (08)
Unidades Ejecutoras.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Dirección Regional de Salud Huánuco, la implementación de las recomendaciones establecidas en el Informe Técnico N° 000211-2023-SERVIR-GDSRH de fecha 03 de noviembre de 2023, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR.
ARTÍCULO TERCERO: DERÓGUESE, las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Oficina de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
ARTÍCULO QUINTO: La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Esta publicación pertenece al compendio Instrumentos de Gestión